VISTO
El crecimiento demográfico de nuestra ciudad.
Que dicho crecimiento no se ve reflejado en el aumento de bancos en Instituciones Educativas de Nivel Secundario.
El constante aumento de la construcción edilicia en nuestra ciudad, con su consecuente necesidad de personal capacitado en el área.
Que la destrucción de la Educación Técnica derivada de la Ley Federal de Educación y el desprestigio de las ocupaciones relacionadas con la construcción llevaron a una carencia de profesionales formados en éste área.
Y CONSIDERANDO
Que la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho
personal y social, garantizados por el Estado en el Art.2º de la Ley Nacional nº 26206.
Que el Estado tiene la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho.
Que es responsabilidad estatal garantizar a todos/as el acceso y las condiciones para la permanencia y el egreso de los diferentes niveles del sistema educativo, asegurando la gratuidad de los servicios de gestión estatal, en todos los niveles y modalidades.
Que la obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cinco (5) años hasta la finalización del nivel de la Educación Secundaria y el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y las autoridades jurisdiccionales competentes asegurarán el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos, que se ajusten a los requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que permitan alcanzar resultados de calidad equivalente en todo el país y en todas las situaciones sociales.
Que según la Ley 26058 la Educación Técnico Profesional promueve en las personas el aprendizaje de capacidades, conocimientos, habilidades, destrezas, valores y actitudes relacionadas con desempeños desempeños profesionales y criterios de profesionalidad propios del contexto socio-productivo, que permitan conocer la realidad a partir de la reflexión sistemática sobre la práctica y la aplicación sistematizada de la teoría.
Que la Educación Técnica tiene como propósito desarrollar trayectorias de profesionalización que garanticen a los alumnos y alumnas el acceso a una base de capacidades profesionales y saberes que les permita su inserción en el mundo del trabajo, así como continuar aprendiendo durante toda su vida.
Que la formación profesional es el conjunto de acciones cuyo propósito es la formación socio-laboral para y en el trabajo, dirigida tanto a la adquisición y mejora de las cualificaciones como a la recualificación de los trabajadores, y que permite compatibilizar la promoción social, profesional y personal con la productividad de la economía nacional, regional y local.
Que nuestra ciudad no cuenta con Instituciones Educativas destinadas a formar profesionales que cumplan con las necesidades de mano de obra calificada relacionadas con la construcción.
Los concejales abajo firmantes presentan el siguiente proyecto de
ORDENANZA
Art. 1º: Declárese de Interés Público Municipal la creación de una Escuela de Enseñanza Técnica de Nivel Medio en nuestra ciudad, con orientación en el área de la Construcción.
Art. 2º: Encomiéndense al Ejecutivo Municipal las gestiones pertinentes ante el Ministerio de Educación provincial.
Art. 3º: Dé forma.

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